Trámites L.O.P.D. & L.S.S.I.C.E.
La mayor parte de los sitios web de las empresas y profesionales establecidos en España ya cumple con cada uno de los requisistos de la Ley Orgánica de Protección de Datos y la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico, respectivamente, para evitar posibles y más que seguras sanciones administrativas, por el incumplimiento de las mismas. Estas sanciones conllevan sanciones económicas bastante importantes.Ley Orgánica de Protección de Datos.
Cualquier sitio web que almacene datos de caracter personal -ya sea para fines publicitarios o no- y que sea de una personalidad jurídica establecida en España (empresas, profesionales), tiene la obligación de realizar declaraciones ante la Agencia Nacional de Protección de Datos.Además tendremos que adaptar su sitio web para que cumpla con todas las normas establecidas.
El incumplimiento de esta Ley supone una infracción administrativa de leve a muy grave, que conlleva una sanción administrativa de 601,01 € a 601.012,10 €.
Cada año existen cientos de denuncias hacia todo tipo de empresas por no cumplir con esta normativa.
Auditamos su sitio web para determinar cuáles son las acciones necesarias a llevar a cabo en el mismo, para cumplir con los requisitos de la Ley Orgánica de Protección de Datos, y realizamos los trámites necesarios mediante la Agencia Nacional de Protección de Datos.
Contacte con nosotros para solicitar más información.
Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico.
La Ley se aplica a todas las actividades que se realicen por medios electrónicos y tengan carácter comercial o persigan un fin económico, tanto a las páginas web en las que se realicen actividades de comercio electrónico como a aquéllas que suministren información u ofrezcan servicios de forma gratuita para los usuarios, cuando constituyan una actividad económica para su titular.Existe actividad económica cuando su responsable recibe ingresos directos, por las actividades de comercio electrónico que lleve a cabo, o indirectos, ya sea por publicidad o patrocinio derivados de la actividad que realice por medios electrónicos.
El incumplimiento de esta Ley supone una infracción administrativa de leve a muy grave, que conlleva una sanción administrativa de 30.000 € a 600.000 €.
Auditamos su sitio web para determinar cuáles son las acciones necesarias a llevar a cabo en el mismo, para cumplir con los requisitos de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico (LSSICE).
Contacte con nosotros para solicitar más información.
